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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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lunes, 25 de agosto de 2025

El fin de semana deja 25 denuncias por acampar sin permiso en los ibones de Anayet, en el Pirineo aragonés

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Medio Ambiente y Turismo recuerda que la acampada libre está totalmente prohibida en toda la Comunidad Autónoma



El control de una quincena de tiendas de campaña repartidas en el entorno de los ibones de Anayet, en el término municipal de Sallent de Gállego, llevó este domingo a la incoación de 25 denuncias por no cumplir con los requisitos que exige la legislación vigente. La semana pasada en este mismo espacio se elevaron 86 propuestas de sanción.

Efectivos del Servicio Provincial de Medio Ambiente y Turismo de Huesca y Agentes para la Protección de la Naturaleza (APNs) del Área Medioambiental 2 Alto Gállego en colaboración con profesionales del SEPRONA de la Guardia Civil y la Policía Nacional -un dispositivo de 7 personas en total- identificaron a los acampados y se les solicitó la documentación necesaria, validada por el Área de Turismo de la Comarca Alto Gállego: la mayoría de ellos no contaban con ella.

Al tratarse de un espacio natural protegido, la acampada únicamente está permitida bajo determinadas condiciones y con una autorización expresa. A todos los denunciados este domingo se les indicó la obligación de obtener esa comunicación, así como el resto de condiciones que deben cumplir a la hora de acampar en este paraje: una de ellas es que se ha de instalar la tienda a más de 100 metros de la orilla del ibón de Anayet. También se les recordó la prohibición de bañarse en sus aguas.

Desde el Servicio Provincial de Medio Ambiente y Turismo del Gobierno de Aragón en Huesca se va a continuar realizando la labor de control de actividades de este tipo, tanto en este paraje como en otros del Pirineo Aragonés, puesto que la acampada libre está totalmente prohibida en toda la Comunidad Autónoma.



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