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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

LEY 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

q) AGENTE FORESTAL: Funcionario que ostenta la condición de Agente de la autoridad perteneciente a las Administraciones Públicas que, de acuerdo con su propia normativa y con independencia de la denominación corporativa específica, tiene encomendadas, entre otras funciones, las de policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y la de policía judicial en sentido genérico tal como establece el apartado 6º del artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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martes, 31 de enero de 2017

Un informe pericial ya recomendaba en 2014 que Agentes Rurales fueran armados


http://www.lavanguardia.com/

31/01/2017 18:52
Girona, 31 ene (EFE).- Un informe pericial elaborado en 2014 ya alertaba de la "necesidad vital" de que los Agentes Rurales, a nivel estatal, llevaran armas ante "las contingencias que puedan producirse durante una intervención y producto de las reacciones nunca previstas de las personas que están siendo intervenidas".

El autor del informe, Emilio Bolea, era instructor en el uso de la fuerza para cuerpos y fuerzas de seguridad tanto españolas como extranjeras, y director del Centro de Investigación en el Uso de la Fuerza TDPE, creador de protocolos policiales en táctica, técnica y elementos de dotación.

Tras el asesinato el pasado día 21 de enero de dos Agentes Rurales en Aspa (Lleida) a manos de un cazador que acumulaba infracciones, se ha reabierto el histórico debate de la dotación que deben llevar los agentes.

Este cuerpo, heredero de las funciones de Guardería Forestal del Estado que en 1983 fue transferida a las comunidades autónomas, estaba dotado tanto con armas largas como cortas, aunque estas últimas fueron desapareciendo y en Cataluña hasta el día del asesinato sólo se llevaban armas largas en los controles antifurtivismo.

En 2013, la Intervención de Armas de la Guardia Civil de Castilla y León elaboró un informe que pedía la retirada de las armas cortas a los Agentes Medioambientales de la Junta por falta de garantías de custodia.

Éste fue el detonante para que la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales (AEAFMA) solicitara al perito judicial en el uso de la fuerza que elaborara un informe sobre la necesidad o no de ir equipados con material específico, tanto de defensa como de retención.

A raíz de este informe, 110 Agentes de Cataluña pidieron de forma individual, a través de un escrito a la Secretaría General de Agricultura, que los dotara de medios de defensa y protección y específicamente de arma corta, para trabajos que comportan el ejercicio de la autoridad, como inspecciones de caza y pesca, entre otros, pero no obtuvieron respuesta.

Bolea, que asegura en el escrito que "la necesidad viene marcada por la obligatoriedad", deja claro que cualquier tipo de agente de la autoridad que realice funciones de prevención y persecución de delitos tipificados por el código penal y por las normativas vigentes "necesita los elementos de dotación adecuados para hacer dichas funciones de forma segura y eficaz".

Ya advertía en aquel momento que "las consecuencias de los riesgos de no dotar de las armas necesarias adaptadas a los servicios de los agentes forestales son numerosas", tanto jurídicas como tácticas y técnicas, que derivan "en peligros para la integridad física del agente y de terceras personas".

Entre las competencias de los agentes forestales, está la de proteger la fauna y flora y la normativa que regula las actividades cinegéticas.

Quienes atentan contra la Ley usando para ello medios potencialmente peligrosos necesarios para su actividad delictiva son los furtivos, quienes según Bolea, hacen uso de armas de fuego de gran calibre.

Para el perito, "es obvio imaginar el peligro que supone este tipo de delincuente, con este tipo de arma, la ventaja táctica que tiene y la necesidad que implica para los agentes forestales el contar con un medio equiparable defensivo en caso tanto de necesidad defensiva inmediata como por persecución".

Por todo ello, consideró "necesario y congruente dotar a los agentes forestales de un arma larga de características que confieran su defensa adaptada a la fuente de riesgo".

Además, destacó la necesidad defensiva ante agresiones ilegítimas en el ejercicio de sus funciones, ya que han de hacer cumplir la Ley a través de identificaciones, controles y, en ocasiones, detener a las personas que transgreden la Ley.

"Como para cualquier agente de la autoridad, estas intervenciones pueden derivar en situaciones de riesgo físico al aumentar la agresividad de las personas a controlar, que en ocasiones implican agresiones directas a las que han de defenderse", aseguraba el perito.

Su informe también avala la necesidad de llevar grilletes porque si el resultado de la intervención del agente es la detención y el detenido no tiene restringidos sus movimientos, el agente está sometido a su voluntad cooperativa, y al verse en tal situación, puede optar por la huida.

Esta huida, según Bolea, "para producirse con éxito, debe pasar por una necesaria agresión al agente rural que le produzca la inhabilitación momentánea o permanente de la reacción que impida tal fuga".

Para el experto "una falta de medios puede ocasionar que, al no haber elementos intermedios de uso de fuerza, ésta sea excesiva o, en su defecto, peligrosa para el agente y para las personas que debieran proteger". EFE

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