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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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sábado, 26 de julio de 2025

Desalojan el complejo deportivo de la SMA en Barbastro por un incendio en una zona próxima

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Las llamas se han detectado en una zona próxima desde el desvío de la N-123


Las instalaciones del complejo deportivo de la Sociedad Mercantil Artesana (SMA) en El Ariño, a las afueras de la ciudad, se han desalojado por la Policía Local, este viernes a las 18 horas, por prevención a causa del incendio detectado en una zona próxima desde el desvío de la N-123. Uno de los bañistas ha informado que “ha llegado la Policía Local y nos ha dicho que era necesario desalojar las piscinas y las instalaciones. En poco rato se quedó vacío, vimos la densa humareda y escuchamos las sirenas”.

En el incendio ha sido necesaria la actuación de 30 personas para diferentes tareas, entre bomberos, APNS, Guardia Civil y Policía Local, además de dos helicópteros ligeros de transporte. El incendio se ha dado por “controlado” dos horas más tarde y ha quedado un retén mientras se realizaban áreas de desbroce en la zona afectada. Fernando Torres, alcalde, ha colaborado en tareas desde el primer momento que ha recibido la información, también directivos de la SMA. Los vecinos de la urbanización no se han visto afectados en ningún momento. El incendio ha afectado, por indicaciones, a la zona próxima a La Boquera, pero no ha sido posible conocer datos más concretos.

En todo caso, ha sido el segundo en una semana desde el que se originó el lunes pasado en una zona próxima a las instalaciones del Campo Municipal de Deportes y del Parque de La paz que obligó al desalojo de las piscinas, de 43 usuarios del Centro Joaquin Costa y vecinos de varias casas, una de las cuales resultó muy afectadas por daños materiales.

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