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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

LEY 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

q) AGENTE FORESTAL: Funcionario que ostenta la condición de Agente de la autoridad perteneciente a las Administraciones Públicas que, de acuerdo con su propia normativa y con independencia de la denominación corporativa específica, tiene encomendadas, entre otras funciones, las de policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y la de policía judicial en sentido genérico tal como establece el apartado 6º del artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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domingo, 10 de junio de 2018

Los peligros de circular campo a través

https://www.radiohuesca.com/

Resultado de imagen de radiohuesca



Así quedan los terrenos tras circular campo a través / @aaffaragon


En recientes fechas agentes para la protección de la naturaleza del Gobierno de Aragón denunciaba en las redes sociales la infracción cometida de conducir un vehículo a motor campo a través. Una práctica no habitual pero si existente en algunos puntos de nuestra provincia. Una actividad que se recuerda desde este cuerpo es ilegal y que puede acarrear duras sanciones que por omisión o reiteración pueden ascender a  10.000 euros.

Erosión del terreno, eliminación de la vegetación,incendios, contaminación, molestias al ganado o animales salvajes o peligros para actividades reguladas como la caza son algunos de los riesgos que conlleva este tipo de prácticas.

Se recuerda que por pistas si que se puede circular, pero bajo ningún concepto se puede hacer por senderos. Respecto a las posibles infractores se indica que son tanto vecinos de la zona que usan los vehículos para su actividad o turistas que de manera puntual quieren “conocer de forma más cómoda la zona natural”.

Las sanciones pueden oscilar dependiendo de las circunstancias. Por norma general suelen ser  leves como que el conductor no transite  por pista sino por sendero. Pero se pueden dar agravantes de todo tipo como , no respetar el alto de un agente o incluso fomentar esta actividad sin permisos o desde establecimientos hosteleros incitar u ofertar actividades de este tipo sin el control previo.

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