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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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martes, 28 de octubre de 2025

Confirmada la presencia de gripe aviar en aves silvestres en diferentes puntos de Aragón

 https://www.aragonhoy.es



Agentes de Protección de la Naturaleza del Gobierno aragonés recogen aves muertas en la laguna de Gallocanta gobierno de aragón

El Gobierno de Aragón ha confirmado la presencia de gripe aviar en ejemplares fallecidos de aves silvestres localizados en distintos puntos de la comunidad autónoma. Se han detectado aves muertas en la laguna de Gallocanta, en el entorno del embalse de La Sotonera y en las comarcas de Cinco Villas, Aranda, Bajo Aragón y Comunidad de Calatayud.

En el entorno de Gallocanta, donde actualmente se concentran más de 7.000 grullas en su migración desde el norte de Europa hacia zonas más cálidas, se han encontrado más de 250 ejemplares muertos. Las muestras recogidas fueron remitidas al Centro de Sanidad Aviar de Aragón y Cataluña (CSAC), que ha confirmado la presencia de influenza aviar.

El protocolo de actuación, coordinado por los Departamentos de Agricultura, Ganadería y Alimentación y de Medio Ambiente y Turismo, establece que los Agentes de Protección de la Naturaleza son los encargados de recoger los cadáveres de las aves silvestres halladas en el medio natural. Posteriormente, los veterinarios del Departamento de Agricultura recogen in situ muestras representativas de los animales y las remiten al laboratorio para su posterior análisis. Los cadáveres se manipulan de forma individual, se introducen en una doble bolsa precintada y se trasladan a contenedores específicos para su posterior incineración.

A pesar de no haber detectado ningún caso en explotaciones ganaderas, la directora General de Calidad y Seguridad Alimentaria, Aitziber Lanza, ha mantenido una reunión con los principales productores del sector en la comunidad para informarles de la situación y del protocolo de actuación.

Desde el Departamento de Medio Ambiente y Turismo, y dado que la laguna de Gallocanta es un espacio natural muy frecuentado por visitantes, especialmente durante el paso migratorio de las grullas, se recomienda no tocar ni manipular las aves silvestres que presenten síntomas clínicos o que aparezcan muertas en el campo. Tal y como asegura el director general de Medio Natural, Caza y Pesca, Alfonso Calve, en estos casos, se debe avisar a los Agentes de Protección de la Naturaleza (APN) para su retirada y "en ningún caso manipular ningún ave muerta o con signos de enfermedad". 

La programación prevista en este espacio natural se mantiene conforme a lo que estaba previsto, si bien se ha suspendido el servicio de asignación de hides (estructuras para la observación de pájaros), dado que no se puede garantizar la tranquilidad en la actividad de toma de imágenes por la necesidad de realizar trabajos de recogida y limpieza.

Según informa el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, desde el inicio de la actual temporada —que comenzó el 1 de julio de 2025— y hasta la fecha se han detectado, además de los casos registrados en Aragón, un total de 51 focos de gripe aviar en aves silvestres en Andalucía, Extremadura, Galicia, Asturias, Cantabria, País Vasco, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Madrid y Cataluña, así como tres focos en aves cautivas en País Vasco, Andalucía y Comunidad Valenciana.

La información sobre la influenza aviar y su situación epidemiológica está disponible en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación: https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/sanidad-animal-higiene-ganadera/sanidad-animal/enfermedades/influenza-aviar/influenza_aviar

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