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q) AGENTE FORESTAL: Funcionario que ostenta la condición de Agente de la autoridad perteneciente a las Administraciones Públicas que, de acuerdo con su propia normativa y con independencia de la denominación corporativa específica, tiene encomendadas, entre otras funciones, las de policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y la de policía judicial en sentido genérico tal como establece el apartado 6º del artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

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viernes, 25 de enero de 2019

Culpable de dos delitos de asesinato el cazador que mató a dos Agentes Rurales en Lleida

El jurado popular cree que los mató sorpresivamente, sin que se pudieran defender y que sabía lo que hacía



Ismael Rodríguez (segundo por la izquierda), en el juicio de este lunes.
Ismael Rodríguez (segundo por la izquierda), en el juicio de este lunes. 
El jurado popular que durante toda esta semana ha juzgado en la Audiencia de Lleida a Ismael Rodríguez, el vecino de Vacarisses (Barcelona) que el 21 de enero de 2017 mató de cuatro disparos a dos agentes rurales que estaban haciendo una inspección rutinaria de caza, le ha declarado culpable de dos delitos de asesinato. Cree probado que “actuó de forma sorpresiva y sin que tuvieran posibilidad de defenderse” (alevosía), aunque no han considerado probado que los matara “para evitar ser descubierto con la licencia tipo E caducada o sin el pase del coto”, porque “solo puede saber él por qué disparó”. El jurado ha apreciado una atenuante de confesión, pero no que tuviera ningún tipo de alteración mental. El magistrado presidente dictará la sentencia en los mpróximos días.


Los nueve miembros –siete hombres y dos mujeres– del jurado popular que este jueves sobre las 14.30 horas se encerraron a deliberar, han emitido su veredicto en escasas horas y prácticamente todo por unanimidad. Han declarado probado que el día de los hechos Rodríguez, de 30 años, estuvo cazando en el coto de Aspa sin haber recogido el pase necesario (delito contra la fauna), con una escopeta para la que no tenía licencia porque le había caducado (delito de tenencia ilícita de armas) y sobre las 10.50 los dos agentes rurales, Xavier Ribes y David Iglesias, se le acercaron uniformados y en el ejercicio de sus funciones y le dieron los buenos días y le pidieron que descargara el arma.

En ese momento el acusado “se giró y con el ánimo de acabar con sus vidas, les apuntó y disparó a los dos, se acercó y volvió a disparar, para lo que tuvo que recargar el arma”. Les disparó de forma sorpresiva en el ejercicio de sus funciones (delito de atentado a agente de la autoridad) y no se pudieron defender.

Solo la Fiscalía y la Generalitat pedían la atenuante de confesión que han apreciado al considerar probado que, antes de saber que la investigación de los hechos se dirigía contra él, llamó al 112 comunicando que había matado a dos agentes el lugar en el que se encontraba. El resto de acusaciones, de parte de las familias, de las asociaciones de agentes rurales de Catalunya, ASPARC y estatal, AEAFMA, y de la Federación Catalana de Caza, mantenían que llamó al cabo de 40 minutos porque el resto de cazadores le obligaron y no le dejaron huir.

El jurado ha considerado que en el momento de los hechos el cazador no sufría ninguna alteración psíquica que le anulase totalmente sus capacidades intelectivas y volitivas, ni ninguna otra que le afectara a ambas capacidades sin suprimirlas totalmente. Esto significa que consideran que cuando disparó no padecía ninguna alteración mental, como argumentaba su defensa, que calificaba el caso de homicidio, y que era plenamente consciente de lo que hacía cuando les disparó dos tiros, al pecho y a la cara desde unos 3 metros, y se acercó a un metro para rematarlos de otro disparo en la cabeza y en el cuello cuando ya estaban en el suelo. Además, el jurado se ha mostrado contrario a que, llegado el caso, se le indulte o suspenda la pena.

El jurado ha encontrado culpable (por siete votos a dos) a Miguel Ángel Fernández Sáenz, el otro procesado, por ser cooperador necesario en el delito de tenencia ilícita de armas de Rodríguez: porque a pesar de tener la escopeta de los crímenes a su nombre, el arma siempre estuvo en poder del asesino confeso.

Una vez emitido el veredicto, en base a lo que el jurado ha considerado probado, la fiscal ha solicitado para Rodríguez 22 años, 5 meses y 29 días de cárcel por cada asesinato, 1 año por la tenencia ilícita de armas más 8 meses de multa por el delito contra la fauna y prohibición de cazar durante 5 años. El resto de acusaciones han mantenido sus peticiones y la defensa ha solicitado 40 años por los dos asesinatos, más 6 meses por la tenencia ilícita de armas y 4 meses de multa por el delito contra la fauna. Para Fernández ha pedido 1 año y su defensa 6 meses.

La fiscal solicitaba que en concepto de responsabilidad civil se indemnice a la familia de David Iglesias con 466.676 euros y a la de Xavier Ribes con 645.997 euros. Además ha pedido al magistrado presidente, que será quien deberá decidir, que la aseguradora se haga cargo de estas cantidades. Durante todo el juicio han estado presentes los familiares y gran representación de los compañeros de trabajo de Xavier Ribes y David Iglesias, que tenían de 43 y 39 años respectivamente cuando fueron asesinados.

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