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AGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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miércoles, 19 de marzo de 2025

Los APN sancionan a un pescador tras realizar los primeros controles en el coto de El Grado-Enate

 https://rondasomontano.com/






Los Agentes de Protección de la Naturaleza comprobaron el pasado sábado la documentación, licencias y permisos de pesca de quince pescadores el mismo día de la desveda, coincidiendo con la apertura de la temporada de la trucha 2025.

Un Agente de Protección de la Naturaleza comprobando la documentación de un pescador.

Los APN realizaron los primeros controles en el coto de pesca de El Grado-Enate el  pasado sábado 15 de marzo,  coincidiendo con la apertura de la temporada de trucha 2025. Al tratarse del día de  la desveda y teniendo en cuenta la repoblación efectuada el día anterior, había una gran presencia de pescadores.

Durante la jornada, los APN comprobaron el estado de la documentación, licencias, permisos de pesca, cebos y número de capturas de quince pescadores y sancionaron a uno de ellos por  pescar sin el permiso correspondiente en El Grado-Enate.

Alguno más fue advertido verbalmente por estar pescando en el coto extractivo (el pantano de carga El Grado II «El Pantané») con permiso válido exclusivamente para el río, que es el sector sin muerte del coto. En este caso la reincidencia devendrá directamente en sanción.

Desde la Asociación de Caza y Pesca Barbastrense, recuerdan a  sus socios y a todos los pescadores que vengan al coto El Grado-Enate, que tiene dos sectores diferenciados e independientes: El sector extractivo (El Pantané) y el sector sin muerte (todo el tramo del río). Los permisos para estos sectores se expiden de forma diferenciada y son incompatibles, es decir, no se puede pescar el sector extractivo con permiso del sector sin muerte y viceversa. Hacerlo será motivo de sanción.

Además, desde la Asociación quieren «mostrar nuestra gratitud y apoyo a la labor que realizan los Agentes de Protección de la Naturaleza y a su buen hacer para proteger nuestro coto, máxime en esta temporada en la que nos han hecho saber que tienen previsto recorrer asiduamente los sectores del coto, tanto del río como del pantano. Muchas gracias por vuestra dedicación».



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