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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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miércoles, 26 de agosto de 2020

Rescatan varios centenares de peces en el río Veral, a la altura de la Foz de Biniés

 https://www.diariodelaltoaragon.es/

 

 El fuerte estiaje obliga al Servicio Provincial de Medio Ambiente y Fapyc a llevarlos hasta Ansó

 

 HUESCA.- Miembros del Servicio Provincial de Medio Ambiente en colaboración con la delegación provincial de la Federación Aragonesa de Pesca y Cásting (Fapyc) han rescatado a un centenar de peces del río Veral, a la altura de la Foz de Biniés, por la falta de caudal a causa del fuerte estiaje por la escasez de lluvias en julio y agosto.

Según informan fuentes de la Fapyc, la actividad se ha realizado después de "secarse por filtración casi dos kilómetros del río debajo de la Foz de Biniés". Por su parte, los miembros de la Fapyc han prestado la cuba para repoblar con la ayuda del coordinador de la OCA de Jaca y varios agentes de protección de la naturaleza, y realizar la pesca eléctrica en un tramo fluvial de un kilómetro a punto de secarse. Se han rescatado varios centenares de peces de las especies truchas fario, madrillas, barbos culirrollos y pez león. Tras cuatro horas de trabajo soltaron a los ejemplares en el coto social de Ansó inferior.

 

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