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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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sábado, 22 de junio de 2019

Un incendio calcina casi una hectárea de bosque en el monte de Fraga

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A parecer, el origen del fuego ha sido un rayo que permanecía latente desde la tormenta registrada en la zona este jueves.


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Un incendio ha arrasado este sábado casi una hectárea de pinar y matorral en el monte de Fraga. El fuego se detectó hacia las 14.00 desde uno de los puestos elevados de vigilancia de Medio Natural. En la zona conocida como barranco de Bujadal se veía una columna de humo.

Hasta allí se han desplazado bomberos de la Comarca del Bajo Cinca, agentes de protección de la naturaleza con dos retenes, Guardia Civil, voluntarios de la Sociedad de Cazadores de Fraga y el helicóptero con base en Peñalba.

El fuego, que tenía dos focos, ha calcinado unos 8.000 metros cuadrados de pinar y matorral. Al parecer, su origen ha podido ser un rayo de la tormenta del jueves que estaba latente. Afortunadamente, se ha producido en las proximidades de un cortafuego, por lo que ha sido fácil de controlar, informaron desde el servicio de Bomberos del Bajo Cinca.

Las llamas han quedado extinguidas hacia las 18.00, pero agentes de medio natural permanecían allí después de esa hora removiendo la tierra para impedir que cualquier rescoldo pudiera reavivarlas.

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