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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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lunes, 14 de marzo de 2022

Decomisan piezas de caza en un coto de la Ribagorza

 





Agentes de Protección de la Naturaleza incautaron varios animales muertos para evitar que lleguen a la cadena alimentaria. 

Animales decomisados por los Agentes de Protección de la Naturaleza / Aapna


Agentes de Protección de la Naturaleza del Gobierno de Aragón decomisaron varias piezas de caza que habían sido abandonadas en un coto de la comarca de la Ribagorza por irregularidades en el precintado de las mismas y por incumplimientos relativos al transporte y almacenamiento de especies cinegéticas muertas.

Los agentes encontraron los cadáveres abandonados y para evitar que llegaran a la cadena alimentaria, a través de la venta de las piezas, después de haber estado tiradas en el campo, las incautaron. Además, cuando hallaron los cuerpos, un jabalí y una hembra y un macho de corzo, observaron que habían sido manipulados los precintos, de manera que el macho llevaba uno de hembra. 

Los responsables, con la misma intención de hacer pasar a uno por otro, le seccionaron la cabeza, que apareció a 30 metros del cuerpo, escondida. Esta permite diferenciar si es macho o hembra, pues los cadáveres se evisceran eliminando incluso los órganos sexuales. 

Normalmente las piezas se venden para comercializar su carne. Pero después de haber estado abandonadas, no se podía garantizar su calidad, por lo que se procedió a su incautación, por si los cazadores volvían para recuperarlas. El expediente instruido será analizado por los servicios jurídicos para determinar exactamente el alcance de la infracción.

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