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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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domingo, 26 de septiembre de 2021

captura de aves protegidas con cepos en la zona del Moncayo

 Gobierno de Aragón

 http://aragonhoy.aragon.es/

 Esta actividad ilegal se suele acentuar en el mes de septiembre, cuando un gran número de aves y especies migratorias se afanan por buscar frutos e insectos para tener reservas que le permitan continuar su largo viaje hasta África
Los APN del Gobierno de Aragón intensifican en estas fechas sus labores de inspección y vigilancia en zonas de huertos y ribera de ciertos pueblos en los que hay antecedentes o sospecha de la práctica de esta actividad

 

 Las actuaciones de prevención y control de la práctica ilegal de captura de aves insectívoras por parte de Agentes para la Protección de la Naturaleza (APN) en la Comarca de Tarazona y el Moncayo han dado como resultado una denuncia por captura de aves con cepos o costillas, la retirada de una red japonesa y la entrega a los agentes de 139 cepos del tipo “costilla” por parte de un particular



 La captura de pequeñas aves, y en especial de insectívoras -muy beneficiosas para la agricultura-, es una práctica prohibida por ser una actividad muy dañina para el medioambiente. Los métodos utilizados acarrean numerosas capturas, sin diferenciación de especies, la mayoría de ellas protegidas por la Ley. A pesar de ello, todavía hay personas que siguen usando costillas o cepos de ballesta, redes de “libro”, redes japonesas e incluso liga o “besque”, en especial en determinadas zonas de Aragón, para autoconsumo e incluso para comercialización de las aves capturadas.

Esta actividad ilegal se suele acentuar en el mes de septiembre, cuando un gran número de aves y especies migratorias se afanan por buscar frutos e insectos para tener reservas que le permitan continuar su largo viaje hasta África.

Conocedores de esta problemática, los Agentes de la Protección de la Naturaleza (APN) del Gobierno de Aragón intensifican en estas fechas sus labores de inspección y vigilancia en zonas de huertos y ribera de ciertos pueblos en los que hay antecedentes o sospecha de la práctica de esta actividad.

Como resultado de esta labor de prevención y vigilancia, en la Comarca de Tarazona y el Moncayo, los APN han denunciado recientemente a una persona que tenía instalados cepos del tipo de “costilla”, cebados con hormigas aladas, en fincas colindantes a su huerto y que había capturado aves insectívoras como zarcero común, papamoscas cerrojillo y ruiseñor bastardo, todas ellas incluidas en Listado de Especies Silvestres en régimen de Protección Especial (R.D. 139/2011) y un colirrojo real, incluido como Vulnerable en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.

En otra actuación llevada a cabo por los APN, en coordinación con Agentes Medioambientales de la Junta de Castilla y León, se ha retirado una red japonesa en la que había atrapados 14 pájaros de distintas especies, cuatro de ellos ya muertos.

Una de las finalidades de las labores de inspección y vigilancia es la de prevenir este tipo de conductas, y en este sentido, en ocasiones, algunos particulares realizan entregas de artes prohibidas a los agentes, como es el caso de una persona que ha entregado 139 costillas que tenía almacenados sin uso desde hace décadas.

Cabe recordar que, tanto la tenencia de cepos, costillas o redes japonesas como su uso sin autorización para la captura de aves, puede suponer infracción administrativa e incluso delito, por tratarse de artes para la captura masiva no selectiva de fauna y por el tipo de especies capturadas.
 
 
 

 Cepos y pájaros ocultados y decomisados.

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