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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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miércoles, 7 de abril de 2021

Una quema agrícola descontrolada calcina una hectárea de arbolado y matorral en Lledó

 grupo comarca

 https://www.lacomarca.net/

 Las llamas se han originado durante la mañana del miércoles y han sido sofocadas horas después

 Las llamas han afectado a un monte cercano de matorral y pinar./ APN Aragón

 

Sofocado un incendio forestal en Cretas. El inicio de las llamas ha tenido lugar durante la mañana del miércoles desde una zona agrícola donde se llevaban a cabo unas labores de quema. Sin embargo, las llamas se han descontrolado y el fuego ha avanzado hacia una zona de pinar quemándose sobre una hectárea de zona arbolada y matorral.

Hasta el lugar de los hechos se han desplazado cuatro agentes de protección de la naturaleza junto con la cuadrilla helitransportada de Alcorisa, una cuadrilla de tierra del Gobierno de Aragón y autobombas forestales, -de DGA- que han llevado a cabo la extinción del fuego. También ha intervenido un camión de bomberos de la DPT y la Guardia Civil.

Las autoridades forestales han subrayado que el inicio de la primavera está siendo particularmente seco. Por ello, han incidido en las labores agrícolas que implican el uso del fuego y han recordado que ha de extremarse la precaución destacando que el «mínimo descuido» puede acarrear graves consecuencias sobre la vegetación forestal con un nefasto desenlace. Desde el Gobierno de Aragón han pedido por ello el máximo cuidado en el uso del fuego para la quema de ramas de la poda del olivo.

 

 

 

 

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