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AGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
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Huesca: 974 293 206
Teruel: 978 641 150
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enlace a las OFICINAS COMARCALES Y ÁREAS MEDIOAMBIENTALES DEL DEPARTAMENTO DE A. G. Y MEDIO AMBIENTE


AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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miércoles, 3 de junio de 2020

Detectan un nido de avispa asiática en las calles de Jaca


 
 
 
https://www.heraldo.es/




Agentes para la Protección de la Naturaleza, pertenecientes al Gobierno de Aragón, han retirado de las calles de la localidad un nido de vespa velutina


Imagen de una de las avispas localizadas en Ambel.

Agentes para la Protección de la Naturaleza, pertenecientes al Gobierno de Aragón, han retirado de las calles de Jaca (Huesca) un nido primario desocupado de avispa asiática (vespa velutina), una especie invasora que pone en peligro las abejas autóctonas y daña la fruta.

Desde el Ayuntamiento de Jaca recuerdan que en el caso de que algún ciudadano descubra un posible nido de avispa asiática (primario o secundario), no se debe tocar y hay que avisar de inmediato a los servicios públicos, a través del teléfono municipal 974355758 o al del Gobierno de Aragón 974293206.

El primer nido primario de avispa asiática se detectó en Aragón, en Salvatierra de Esca (Zaragoza), en junio de 2016, procedente de la Comunidad navarra y al año siguiente se descubrió un nido secundario en Hecho y un ejemplar adulto en Sinués, ambas en la provincia de Huesca.

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