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AGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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miércoles, 26 de noviembre de 2014

Tres furtivos sorprendidos cuando cazaban cabra montés en Teruel


Tres hombres, vecinos de Madrid, han sido sorprendidos por agentes del Seprona de la Guardia Civil cuando cazaban de forma furtiva cabra montés en el coto del pueblo de Villarluengo y en la reserva de las Masías de Ejulve, ambos en la provincia de Teruel.

Los cazadores furtivos, a los que se acusa de la comisión de un supuesto delito contra la fauna, portaban en bolsas de basuras dos cabezas de cabra montés (Capra Pyrenaica), que habían abatido anteriormente, y de las que se deshicieron en su huida, antes de ser interceptados, ha informado hoy la Guardia Civil.

En este operativo intervinieron patrullas del Seprona de la Guardia Civil de Mora de Rubielos, Alcañiz y Monreal del Campo, agentes de protección de la naturaleza del Gobierno de Aragón y miembros del servicio de guardería de la Reserva de Caza de las Masías de Ejulve (Maestrazgo).

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