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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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domingo, 23 de noviembre de 2014

Labor pedagógica sobre la setas en Guara


Los agentes de protección de la naturaleza del Gobierno de Aragón aleccionaron a los buscadores sobre la práctica y buenas costumbres de la actividad

La recogida de setas, prácticamente finalizada en el territorio de la Comunidad Autónoma se ha convertido en una de las prácticas preferidas en los meses otoñales, con miles de personas recorriendo los montes aragoneses en busca de estas especies, lo que ha provocado, que, entre otras cosas, el Gobierno de Aragón haya aprobado un Decreto para su regulación.

Durante esta última campaña, los agentes de protección de la naturaleza (APNs) del Gobierno de Aragón, adscritos a la Comarca del Somontano de Barbastro, han intensificado la vigilancia en torno a esta actividad. 

“El motivo -cuentan los agentes-  ha sido triple. Por un lado, la mayor vigilancia ha evitado que recolectores masivos y con técnicas poco respetuosas con el medio ambiente hayan podido actuar, con denuncias para aquellas personas que han infringido la normativa vigente y que eran incompatibles con la conservación del espacio natural por el que buscaban”. 

Por otra parte, los APNs han aprovechado para dar a conocer a los aficionados la normativa vigente (Ley de Montes) y el Decreto ya aprobado que regulará la recolección de setas. Como tercer punto, los agentes aprovecharon para obtener algunos datos que permitan conocer la procedencia de los aficionados, las especies mayoritariamente recolectadas, el volumen recolectado por persona y otros que puedan dar una idea, más o menos precisa, de la incidencia que esta actividad tiene en el Parque Natural de la Sierra y los Cañones de Guara, en la superficie incluida en la comarca del Somontano de Barbastro”.

Agentes forestales en Guara

Durante los meses de septiembre y octubre pasados, los APNs procedieron a la inspección de la actividad de recolección de setas de casi 500 aficionados en el Parque Natural de la Sierra de Guara, en el ámbito comarcal del Somontano de Barbastro. Durante estas inspecciones se procedió a informar sobre aspectos relativos a la forma de recolección y transporte de las setas, ayudando en algunos casos a la identificación de varias especies, así como otros aspectos, tanto legales como biológicos.

A lo largo de todas estas intervenciones, los APNs  pudieron comprobar que la gran mayoría de aficionados son conocedores de las normas reguladoras en torno a la recolección de setas, normas que en la mayoría de los casos respetan. De todas las inspecciones realizadas, poco más de un 2% de las personas inspeccionadas procedían de forma que vulneraban la normativa vigente. 

A través de las infracciones detectadas y denuncias efectuadas se ha comprobado que entre las irregularidades cometidas destacan la recolección en zonas de aprovechamiento micológico regulado sin la correspondiente autorización, la recogida de ejemplares en las primeras fases de su desarrollo, el estacionamiento de vehículos en lugares no autorizados y, con una incidencia destacable en algunos parajes, el abandono de basuras en el monte.

El perfil del recolector de setas en el Parque de Guara es de dos personas por vehículo, que realizan una visita de media jornada, y recogen una media de unos 2 kilos por persona. La procedencia de estos buscadores se reparte entre un 65%, que proceden de la propia provincia de Huesca, y en el 35% restante a provincias como Lérida, Barcelona, Gerona, Tarragona o Alicante. La gran mayoría de los oscenses pertenecen a la propia comarca del Somontano de Barbastro, con un porcentaje superior al 60%, con un buen número de barbastrenses.

Entre las especies recolectadas en esta campaña destacan por orden de importancia el género Lactarius (níscalos o rovellones), Amanita caesaria (huevo de rey), Cantarelus (rebozuelo o trompetilla) y Boletus (set). Otras con menor aprovechamiento fueron las variedades Macrolepiota, Russula, Marasmius o Ramaria.

Un aspecto a destacar es la incidencia de aficionados en determinados momentos y parajes, ya que se ha detectado la afluencia masiva en algunos días puntuales en un reducido espacio de monte, casos en los que se daba una buena accesibilidad y la abundancia de ejemplares. Esta masificación puede resultar negativa para la conservación de los montes y las diferentes especies micológicas. En este sentido, el Decreto aprobado ya en Consejo de Gobierno es una excelente herramienta legal que permitirá un aprovechamiento racional de un importante recurso turístico para varias comarcas de la Comunidad Autónoma y, a su vez, la conservación de los ecosistemas de los montes aragoneses.

Setas en Guara

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