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AGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
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Huesca: 974 293 206
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enlace a las OFICINAS COMARCALES Y ÁREAS MEDIOAMBIENTALES DEL DEPARTAMENTO DE A. G. Y MEDIO AMBIENTE


AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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jueves, 1 de agosto de 2024

Un pequeño incendio forestal calcina media hectárea de monte en Montalbán

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El origen del fuego pudo ser un rayo caído durante una tormenta.



Intervención de un helicóptero durante la extinción del incendio de Montalbán.Ínfoar/Brigada Helitransportada de Alcorisa


Un incendio forestal registrado en la tarde de este martes ha calcinado media hectárea de monte en Montalbán. El fuego fue detectado a las 16.45 desde el puesto de vigilancia del Departamento de Medio Ambiente del Cabezo de la Aliaga, que movilizó el operativo Infoar y la brigada helitransportada de Alcorisa, a la unidad de intervención forestal terrestre de Montalban junto con su autobomba forestal.

El operativo de extinción, que se ha dado por concluido a las 18.00, ha estado dirigido por Agentes para la Protección de la Naturaleza (APN). Los primeros datos apuntan que la posible causa del siniestro ha sido la caída de de un rayo durante la tarde del pasado lunes. 

Tras completar la extinción, quedó en la zona la unidad terrestre de Montalbán con su camión haciendo trabajos de liquidación y un APN.

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