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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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jueves, 9 de febrero de 2023

Devuelven al medio natural un ejemplar de gineta tras ser capturado en Navasa

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Los agentes de Protección de la Naturaleza lo rescataron en un gallinero y lo liberaron lejos de la población para evitar daños 

















Los agentes de Protección de la Naturaleza tras capturar un ejemplar de gineta en un gallinero en Navasa, localidad de la Jacetania, lo han devuelto al medio natural, lejos de la población para evitar daños. Los agentes han compartido en su cuenta de Instagram un video en el que se puede ver como el animal asoma el hocico, sale de la jaula y emprende a correr sobre la nieve hasta que se pierde su pista.

Aprovechando la publicación de estas imágenes han recordado que el uso de trampas está penado por la ley y solo puede utilizarse en casos excepcionales debidamente autorizados. 

Características del animal

La gineta, jineta o gato almizclero (Genetta genetta) es una especie de mamífero carnívoro de la familia de los vivérridos, la única de esta familia que se puede encontrar en Europa.

Este animal está presente en la península ibérica, las islas Baleares y Francia, y parece expandirse actualmente hacia el norte y el este del continente. También se puede encontrar en Oriente Medio y en buena parte del continente africano, con la excepción principal de las zonas desérticas. Se cree que fue introducida en Europa de forma tal vez involuntaria, como mascota que se asilvestró, como simple polizón en alguno de los barcos que siempre han cruzado el estrecho de Gibraltar o introducida para cazar ratas en los alrededores de las granjas, ya sea por los árabes o por los romanos.

Por su aspecto, de estampa felina, la jineta se asemeja a un gato alargado de pelo amarillento a grisáceo, salpicado de motas negras en el cuerpo, y en la cola manchas anilladas. En la cola el pelo es más largo y cumple funciones estabilizadoras en los saltos y persecuciones. El cuerpo puede llegar a los 55-60 centímetros, longitud que iguala o supera la cola, pudiendo superar el metro de longitud desde la cabeza a la cola. La altura en la cruz es de 20 centímetros, y el peso oscila entre 1,2 y 2,5 kg. La jineta tiene una cabeza cónica que se afina hacia el hocico. Los ojos grandes de color pardo están enmarcados sobre manchas de color blanco que contrastan con una franja negra que rodea la base del hocico; a ambos lados tiene vibrisas largas y muy sensibles. Las orejas son grandes y erectas, y redondeadas en su extremo. El cuerpo es alargado y elástico, con unas patas anteriores cortas en contraste con las traseras, más largas y musculadas, que facilitan los hábitos trepadores de este animal. Los pies son redondeados, con uñas semirretráctiles.


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