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AGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
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Huesca: 974 293 206
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enlace a las OFICINAS COMARCALES Y ÁREAS MEDIOAMBIENTALES DEL DEPARTAMENTO DE A. G. Y MEDIO AMBIENTE


AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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sábado, 26 de noviembre de 2022

Pillados robando 500 kilos de piñas

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La furgoneta se desplazó desde Ciudad Real y contenía quince sacos de piñas de pinos

Ocurrió a principios de mes, cuando unos agentes del Seprona de la Guardia Civil, junto a agentes de protección de la naturaleza del Gobierno de Aragón detectaron en un paraje próximo al parque de Fuentecerrada a cinco personas provistas de escaleras y unas pértigas con ganchos metálicos recolectando piñas de los pinos piñoneros.

Una vez identificadas, los agentes inspeccionaron el interior de la furgoneta que utilizaban, donde hallaron quince sacos llenos de piñas, 500 kilos, todavía verdes, cerradas y con el piñón en el interior que habían sido arrancadas del árbol. Los detenidos confesaron a los agentes que no disponían de autorización para recolectarlas.

Según explican las fuentes policiales, estas cinco personas se habían desplazado de forma organizada desde la provincia de Ciudad Real, lo que evidenciaba el fin comercial del aprovechamiento ilegal que estaban llevando a cabo. De hecho, los piñones de las piñas tienen un alto valor en el mercado.

Por estos hechos, las cinco personas fueron denunciadas al Departamento de Medio Ambiente por una supuesta infracción a la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón. Las piñas decomisadas, junto con las herramientas utilizadas, quedaron a disposición del Gobierno de Aragón.


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