Escudo corporativo del cuerpo de APN

llamanos

¿Fauna salvaje en dificultades o muerta?
¿Incendios forestales?
¿Infracciones contra la seguridad ambiental, caza, pesca, vertidos?
¡¡LLÁMANOS!!
112 SOS ARAGÓN


¿Cualquier tema relacionado con el medio ambiente?
Pregunta por nosotros:
AGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
Centralitas SP Medio Ambiente
Huesca: 974 293 206
Teruel: 978 641 150
Zaragoza: 976 714 600

Por correo electrónico, pinchando en este enlace o escribiendo a apn@aragon.es indicando tus datos

enlace a las OFICINAS COMARCALES Y ÁREAS MEDIOAMBIENTALES DEL DEPARTAMENTO DE A. G. Y MEDIO AMBIENTE


AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

ÍNDICE DE PÁGINAS DEL BLOG

sábado, 9 de octubre de 2021

Denunciados por los Agentes de Protección de la Naturaleza varios casos de furtivismo en el Somontano

 Gobierno de Aragón

 http://aragonhoy.aragon.es

 

 



En las últimas semanas, los Agentes de Protección de la Naturaleza (APN) del Gobierno de Aragón han denunciado tres actuaciones de furtivismo y caza ilegal en el Somontano de Barbastro (Huesca).

Dentro de las acciones llevadas a cabo por los APN para el control de la caza y la prevención de la caza furtiva, se han llevado a cabo varias actuaciones en diversos municipios del Somontano. La mayoría de los cazadores inspeccionados cumplen con las obligaciones reguladas por la normativa de caza, si bien existe un pequeño porcentaje que incumple sistemáticamente la normativa.

Estos controles han permitido identificar dos actuaciones de caza furtiva, realizadas tanto de día como durante la noche, en las que fueron abatidos varios animales con arco y flechas en un coto no autorizado donde cazaron corzos –especie que se controla a través de precintos, de los que tampoco disponían-. Tras una larga investigación, los agentes han podido identificar y denunciar al presunto autor. Las diligencias realizadas han sido elevadas a los servicios jurídicos del Gobierno de Aragón para su puesta a disposición judicial.

Hechos similares ya fueron puestos a disposición judicial en 2019, cuando los APN identificaron y denunciaron a un cazador usando las mismas técnicas, tras colgar en redes sociales varias fotografías de sus actuaciones ilícitas.

En otra intervención, los APN detectaron una batida para caza de jabalís que se realizaba en campos agrícolas en los que se carecía de autorización. Tras paralizar la cacería, se identificó a los participantes en la misma, quienes han sido denunciados por cazar en un terreno cinegético no autorizado.

Estas actuaciones podrían tener la consideración de infracción grave contemplada en la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón, con sanciones que podrían suponer una multa de 300 a 3.000 euros. En el caso de cazar determinadas especies careciendo de las autorizaciones y permisos preceptivos podría tener la consideración de infracción muy grave en la citada ley. Estas infracciones podrían suponer una multa de 3.000 a 60.000 euros. También el Código Penal contempla la caza en los artículos 334 a 336 con penas de prisión.

Estas sanciones podrían llevar aparejada además la inhabilitación para la caza. El furtivismo y las actuaciones ilegales en la actividad de la caza suponen un grave perjuicio para la fauna y la conservación de determinadas especies, pero también para los cotos que tienen los derechos cinegéticos, e incluso para la seguridad de otros usuarios del medio natural.

No hay comentarios: