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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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miércoles, 3 de febrero de 2021

Las marmotas no llegaron a Aragón hasta 1962

 

 

Todos los 2 de febrero se celebra en Estados Unidos el Día de la Marmota, fiesta que se hace famosa por la película “Atrapado en el Tiempo”. En Aragón tenemos marmotas y otras formas de saber cuánto va a durar el invierno.

Lourdes Funes 

Zaragoza | 03.02.2021 10:20 (Publicado 03.02.2021 10:22)

 

Rafael Vidaller, Agente para la Protección de la Naturaleza del Gobierno de Aragón, destinado en Sabiñánigo, en el Alto Gállego, cuenta cómo son las marmotas que tenemos en Aragón. Unos animales que no existieron hasta la década de los 60.

Fue en 1948 cuando los franceses comenzaron a soltar marmotas procedentes de los Alpes y de ahí pasaron a Aragón por el Valle de Otal en 1962. Son animales que no se pueden cazar por lo que es fácil verlos. Ahora es más complicado por la presencia de perros de turistas en el Valle, que sí les han dado algún susto.

Las marmotas suelen pesar unos cuatro kilos, son rechonchas y tienen su carácter si se intenta cogerlas. Son roedores y se alimentan de la hierba. Y duermen, aproximadamente, desde El Pilar hasta San Jorge.



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