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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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domingo, 20 de octubre de 2019

El Gobierno de Aragón concluye una nueva campaña de control de flora exótica invasora


El Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente ha actuado durante este año en distintos puntos de la geografía aragonesa Muchas de las especies con las que se ha trabajado están incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas (Real Decreto 630/2013)



Hierba de la pampa.

Recientemente, el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente ha concluido una campaña de eliminación de flora exótica invasora, que ha llevado a cabo a lo largo de este año en distintos puntos de la Comunidad Autónoma. Muchas de las especies con las que se ha trabajado están incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas (Real Decreto 630/2013), norma que prohíbe el uso y comercialización de las mismas y prioriza actuaciones de prevención, contención y control-eliminación.
 
Durante el 2019, las acciones se han enfocado principalmente en hacer un repaso de las áreas donde ya se había trabajado en años anteriores, ya que los métodos de eliminación utilizados en ningún caso son definitivos, bien por los posibles rebrotes o bien por el importante legado de semillas que han dejado estas plantas en su camino. Este es el caso del lilo de verano o arbusto de las mariposas (Buddleja davidii), cuyos trabajos se han realizado en tramos de río de varias localidades: Aragüés del Puerto, Jasa, Villanúa, Jaca, Araguás del Solano, Aínsa, Escalona, Bielsa, Castejón de Sos y Benasque, en la provincia de Huesca y en la localidad de Los Fayos, en la provincia de Zaragoza. Además, se han eliminado ejemplares plantados en ajardinamientos que constituyen los focos iniciales, destacando la buena disposición de los Ayuntamientos de la Val d’Echo, Sallent de Gállego, Panticosa y Broto. En total se han eliminado más de 1800 ejemplares.
 
El esfuerzo también ha sido dirigido a otras especies como la hierba de la Pampa (Cortaderia selloana), cuya población de Sariñena se creía controlada, y sin embargo ha vuelto a proliferar principalmente en el entorno de la Laguna y en el río Flumen. La población de esta especie en la ribera del río Cinca, en Monzón, ha logrado controlarse. Sin embargo, se está extendiendo de nuevo por laderas cercanas. En total se han intervenido unas 8 ha en las que es muy importante el control sostenido en el tiempo para evitar una problemática mayor. 
 
Existen casos como las poblaciones de hierba de la Pampa en la Cornisa Cantábrica o el jacinto de agua (Eichhornia crassipes), en el río Guadiana, que conllevan grandes costes económicos, como consecuencia de las extensas áreas ya invadidas. La hierba de la Pampa dificulta el pastoreo entre otros problemas y el jacinto de agua obstruye captaciones de agua, drenajes y dificulta la circulación de agua hasta el punto que se han invertido millones de euros en su control. La proliferación de algunas de estas especies exóticas invasoras conlleva además riesgos para la salud (toxicidad, aumento de alergias, presencia de espinas, urticarias, proliferación de poblaciones de mosquitos, etc.).
 
Los bosques fluviales, los más afectados Los bosques fluviales o sotos son lugares idóneos para la presencia de especies foráneas debido a las condiciones de elevada humedad y temperaturas suaves, proliferando algunas de las especies arbóreas que han sido más utilizadas en jardinería, como el ailanto (Ailanthus altissima), falsa acacia (Robinia pseudoacacia), acacia de tres espinas (Gleditsia triacanthos) y arce negundo (Acer negundo). En las actuaciones llevadas a cabo durante este año por el Gobierno de Aragón también se ha realizado un repaso del control de estas especies en los sotos del río Cinca en Monzón (Soto de Pinzana) y el soto de Cantalobos en Zaragoza. Se han eliminado algo más de 200 ejemplares de estas especies, mediante combinación de métodos físicos y químicos, y alrededor de 500 ejemplares recién brotados de semilla mediante arranque manual.
 
La chumbera, una especie muy tediosa
Desde el año 2014, en las localidades de Andorra y Mas de las Matas, ambas en la provincia de Teruel, se viene controlando una especie de cactus o más bien de chumbera (Cylindropuntia rosea), cuyo control resulta complicado debido a sus espinas. La presencia de esta especie dificulta el pastoreo en las zonas invadidas: los animales se hieren con las fuertes espinas al pasar o intentar comer sus frutos. Igual de peligrosa resulta para los humanos, produciendo dolorosas punciones cuando se manipula o bien se transita por los lugares invadidos, así como para los herbívoros salvajes o los perros. En esta campaña se han eliminado alrededor de 500 ejemplares que se suman a los eliminados por parte de particulares y Agentes de Protección para la Naturaleza que colaboran activamente en eliminarla. 

Importancia del control sostenido y la colaboración entre Administraciones y la ciudadanía El Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio ambiente considera prioritario eliminar todos los focos presentes. Para lograrlo, es necesaria la colaboración de Ayuntamientos y propietarios que posean en sus localidades y/o propiedades ajardinamientos con especies exóticas con alto potencial invasor, como las nombradas en esta información, así como todas aquellas contempladas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras (Real Decreto 630/2013).
 

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