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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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viernes, 4 de enero de 2019

El frío frena la expansión de la mixomatosis en liebres


El virus es muy sensible a la bajada de las temperaturas. Además, la transmisión vectorial también se ve afectada.

La llegada del invierno, con la consiguiente bajada de las temperaturas, ha frenado la expansión de la mixomatosis, virus que hasta el pasado año era exclusivo de los conejos pero ha acabado extendiéndose a las liebres. Los primeros casos en nuestro país se registraron en julio. El territorio aragonés tardó algunos meses más en confirmar la aparición de la epidemia.

Cetina (Zaragoza), Cañizar del Olivar (Teruel) y Albentosa (Teruel) son las localidades en las que oficialmente se han localizado rabonas que padecen esta enfermedad, llevando al Ejecutivo autonómico a elaborar un protocolo de actuación que sigue vigente a pesar de la tregua que ha propiciado el frío.



Aragón activa un protocolo de actuación frente a la epidemia de mixomatosis en liebres

“El virus del mixoma es muy sensible a la caída de las temperaturas; no llega a desaparecer, pero disminuyen los síntomas. Sin embargo, se presupone que en primavera y verano aparecerán nuevos casos. Por eso es conveniente no ejercer demasiada presión sobre la liebre”, explica -como veterinario de la Real Federación Española de Caza y de la Federación Aragonesa de Caza- Nicolás Urbani, y subraya que hay que seguir “alerta”.

Así, si alguien encuentra un ejemplar muerto con síntomas de haber padecido mixomatosis (párpados hinchados que dificultan la visión, inflamación de la zona genital, delgadez acusada, desorientación…), “deberá enterrarlo en un agujero de al menos 60 centímetros de profundidad y echar cal viva, tierra y piedras por encima, con objeto de que otros animales no accedan a él”.


En caso de que esté vivo, según recoge el mencionado escrito elaborado por el Gobierno aragonés, habrá que “sacrificarlo mediante un método rápido -dislocación cervical, por ejemplo- y sepultar su cadáver como se ha expuesto anteriormente”.

“Las normas a seguir continúan siendo las mismas que cuando se pusieron en marcha. La gestión mediante enterramiento o el sacrificio se aplicará en zonas donde el número de animales que aparezcan afectados sea ingente, y ya haya sido constatado oficialmente que la patología es la mixomatosis", recuerda Urbani, antes de indicar que “los Agentes para la Protección de la Naturaleza serán los encargados de recoger la liebre antes de que pase al Laboratorio de Histología y Anatomía Patológica de la Facultad de Veterinaria de Zaragoza”.

Allí se tomarán las muestras denominadas oficiales (párpados, hígado, bazo, pulmón y lesiones cutáneas de la zona perineal y vulva) y serán remitidas al Laboratorio Agroalimentario de Aragón, que a su vez se lo hará llegar al Laboratorio Central de Veterinaria de Algete (Madrid).

“En la Comunidad, por el momento, solo se han dado tres casos oficiales. Todos ellos se detectaron antes de la llegada del invierno, cuando la menor actuación de las pulgas y mosquitos vectores de la enfermedad también reprime la expansión. Habrá que esperar a ver qué sucede cuando las temperaturas vuelvan a subir”, adelanta Urbani.



Mutación del virus del conejo

A comienzos de diciembre, se celebró el I Foro de Enfermedades de Fauna Silvestre en Madrid. Uno de los temas a tratar fue el problema de la mixomatosis, y se destacó que el protocolo que se está siguiendo en Aragón es “altamente efectivo”.

Además, tal y como comenta Urbani, que fue uno de los ponentes, se llegó a la conclusión de que “esta enfermedad de reciente aparición en las liebres es una evolución del virus que ya padecían los conejos”. Es decir, una mutación.

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