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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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sábado, 16 de septiembre de 2017

El incendio registrado en las afueras de Barbastro el lunes fue "intencionado"



Resultado de imagen de diario del altoaragón


Conclusión del informe del grupo investigador de los Agentes de Protección de la Naturaleza.

BARBASTRO.- El incendio que se originó el lunes en el barranco "La Mina" en las proximidades del complejo de la empresa Huguet Hermanos Ford, en Barbastro, fue "intencionado", según las conclusiones del informe oficial realizado por el grupo especializado en investigaciones de los Agentes de Protección de la Naturaleza (APN) cuyo coordinador en el Somontano, José Damián Dieste, lo confirmó ayer a este periódico.


radio huesca

Las declaraciones de un testigo a Radio Barbastro han sido claves en la investigación



El informe de la Brigada de investigación de incendios del Gobierno de Aragón elaborado a raíz del trabajo realizado por los Agentes de Protección de la Naturaleza confirma que el fuego declarado a la entrada de Barbastro este lunes fue intencionado. Para determinar las causas ha sido “fundamental” el testimonio del testigo que afirmó en declaraciones a Radio Barbastro que había visto salir a tres personas en coche de la zona donde comenzaron las llamas.

Según este mismo informe, el punto de inicio del fuego se encontraba donde había señalado el testigo, que fue el primero en alertar al 112, en el barranco cercano a la cruz de Santa Bárbara, próximo a los depósitos municipales de agua que abastecen a la ciudad del Vero. Las investigaciones no han aclarado qué sustancia se utilizó para iniciar las llamas, pero en el foco del incendio no se encontraron colillas. Ha quedado confirmado que para iniciar el incendio, los presuntos autores quemaron una superficie de tres o cuatro metros cuadrados. Las fuertes rachas de viento que se registraban en la ciudad del Vero en ese momento, propiciaron que las llamas se extendieran por todo el barranco.

El incendio arrasó cerca de 10 hectáreas de matorral y encinar en la tarde noche del lunes 11 de septiembre, en las inmediaciones de la N-240, lo que obligó a cortar esta carretera a la entrada de Barbastro hasta pasadas las 2 de la madrugada del martes, cuando se dio por extinguido el incendio.

El lugar del suceso, cercano a una gasolinera, a un concesionario de coches y a la propia carretera obligaba al Gobierno de Aragón a activar el Nivel 1 del Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por incendios forestales. En el barranco consumido por las llamas también había neumáticos y plásticos, lo que provocó un intenso humo tóxico y negro que se divisaba desde toda la ciudad del Vero.

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