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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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jueves, 11 de mayo de 2017

Alcañiz. Agentes medioambientales y militares eliminan árboles invasores



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Los Agentes de Protección de la Naturaleza del Gobierno de Aragón están coordinando las tareas de tala de ailantos en la ribera de Alcañiz. Estos árboles, más de una treintena, se talan por ser una especie invasora. No se tuvo este hecho en cuenta cuando se plantaron en 2004.


Fotografía: Javier Escorza
De los trabajos, que se desarrollan a lo largo de esta semana, se encarga la Unidad Militar de Emergencias que los utiliza como parte de su formación práctica. También dentro de sus prácticas, están talando árboles de zonas incendiadas el año pasado en un monte entre Alcañiz y Castelserás y en otra zona de monte en Andorra.


Javier Escorza, el coordinador de Medio Ambiente en la zona, explica que estos árboles, que pueden alcanzar una altura de unos 12 metros,  son una especie “muy invasora” que se reproduce muy fácilmente y que deja sin alimento las especies autóctonas, que van minimizándose: “se les come el terreno y los nutrientes”.

Una vez talados, los militares apilan parte de la madera para leña y otra parte la trituran allí mismo y echan el serrín al suelo como nutriente.

En su lugar se plantarán fresnos y otras especies autóctonas de ribera.

Los agentes medioambientales fueron quienes se encargaron de estudiar las necesidades que podría haber en la zona y de encomendárselas a los militares, asumiendo la coordinación, aprovechando su temporada de prácticas.

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