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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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domingo, 17 de julio de 2016

Extinguido el incendio que se iniciaba este sábado en Las Pedrosas


El fuego ha arrasado 15 hectáreas, principalmente de terreno agrícola

Vista aérea del incendio en Las Pedrosas

La dirección general de Gestión Forestal del Gobierno de Aragón ha dado por extinguido este domingo, a las 20.40 horas, el incendio que se iniciaba el sábado en una zona de rastrojos y monte en el término municipal de Las Pedrosas (Zaragoza). Finalmente han sido unas 15 hectáreas arrasadas, el 95% de la superficie quemada era agrícola, el resto zona arbolada y de matorral.

Durante todo el domingo un Agente de Protección de la Naturaleza y una autobomba, a los que se ha sumado por la tarde una cuadrilla terrestre, se han centrado en las labores de vigilancia para asegurarse de que no quedaban puntos calientes que pudieran reactivar el fuego. Las altas temperaturas durante todo el día han obligado a los efectivos a no bajar la guardia en la zona.

El fuego se iniciaba alrededor de las 18.20 horas del sábado junto a la carretera A-124 y a las 20.55 horas se daba por controlado. Hasta el lugar del suceso se desplazaban una cuadrilla helitransportada con base en Ejea de los Caballeros y otra en Bailo, el kamov (helicóptero bombardero de gran capacidad) con base en Plasencia del Monte, tres cuadrillas terrestres y tres autobombas, dos de ellas pertenecientes al Gobierno de Aragón y otra a la DPZ.

En la labores de extinción también participaban los bomberos de Zuera y de Ejea de los Caballeros, y se contaba, además, con la colaboración de agricultores que con sus tractores ayudaron a hacer zanjas para los cortafuegos.

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