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AGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
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Huesca: 974 293 206
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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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jueves, 17 de enero de 2013

Lobón visita las zonas inundadas por la crecida del caudal del río Ebro



El consejero de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente, Modesto Lobón, acompañado del Director Gerente del Instituto Aragonés del Agua, Alfredo Cajal, se ha desplazado a la localidad ribereña de Gallur para conocer las consecuencias de la crecida del río Ebro a su paso por la localidad y por la zona.

Lobón ha destacado que “desde el primer momento se ha estado en total coordinación con el consejero de Política Territorial, Antonio Suárez, así como con la Confederación Hidrográfica del Ebro y la Diputación Provincial de Zaragoza”.

Como medida preventiva, Sarga ha puesto en marcha un operativo compuesto por una decena de personas así como varios vehículos dotados de herramientas, bombas de achique, generadores y material diverso. Además, Sarga tiene en estado de alerta varias máquinas para su traslado.

Por otro lado, a lo largo de esta jornada, han estado trabajando cuadrillas del Servicio Provincial de Zaragoza en el tramo Novillas-Gallur-Pradilla. Concretamente, hoy han estado tres equipos de Agentes de la Protección de la Naturaleza. Estos trabajos de vigilancia se mantendrán, en principio, hasta la madrugada del domingo.


Además, desde Protección Civil, y como medida preventiva, se ha informado a los ayuntamientos de la ribera del Ebro así como a las Asociaciones de Voluntarios de Protección Civil sobre la crecida del caudal y algunas recomendaciones como la evacuación de aquellos animales que estén situados en zonas cercanas a la ribera del río y evitar acercarse al mismo.

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