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AGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
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Huesca: 974 293 206
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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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jueves, 22 de marzo de 2012

Extinguido el incendio de Castanesa

http://aragonhoy.aragon.es/


Ha afectado a 1900 hectáreas de bosque y matorral

El incendio que el pasado 8 de Marzo se declaró en los términos municipales de Montanuy y Laspaúles, en la zona de Castanesa, ha quedado extinguido hoy, a las 09 horas, tras haber finalizado las labores de remate y enfriamiento.
El Gobierno de Aragón confirma que la superficie afectada por el incendio alcanza las 1900 hectáreas de bosque y matorral, además de herbazal.
En estos momentos, el Servicio Provincial de Huesca del departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente comienza los trabajos de valoración de daños provocados por el incendio. Una vez finalizado el informe, se tomarán las medidas que sean necesarias.
La investigación realizada por la Guardia Civil señala que las brasas arrojadas aún candentes a un huerto próximo a Castanesa fueron la causa del incendio.
El operativo de extinción, coordinado por el Director de Operaciones, y dirigido por el Director de Gestión Forestal, Roque Vicente, ha estado compuesto hasta por 300 personas, que fueron reduciéndose a medida que avanzaban los trabajos sobre el terreno.
Además, el Gobierno de Aragón ha contando con la colaboración, tanto por efectivos como por medios, del Gobierno de Cataluña, la Comunidad Foral de Navarra, Castellón y del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente, además de la UME y la Guardia Civil.

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