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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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martes, 23 de agosto de 2011

El nuevo Gobierno ha aglutinado dos grandes carteras como son Agricultura-Ganadería y Medio Ambiente





No sólo agricultura
El nuevo Gobierno ha aglutinado dos grandes carteras como son Agricultura-Ganadería y Medio Ambiente.
Es por ello que el consejero García López ha resaltado que implantarán la ganadería extensiva como una medida natural para la limpieza de los montes aragoneses. Además, la idea es que se aumente la educación entre la población y la formación, preparación y profesionalización de las cuadrillas forestales, agentes de protección de la naturaleza y técnicos.
García López también ha avanzado la intención de redefinir el Borrador del Plan Forestal de Aragón a los nuevos objetivos de esta legislatura para someterlo a la aprobación del Consejo de Gobierno el Plan Forestal de Aragón. Todo ello, para incluir la defensa de la propiedad “entendida como la mejora y consolidación de la propiedad pública forestal para uso y disfrute público como medida de conservación”.
Pero todo no es protección, sino también conservación, según el consejero, quien ha afirmado que su voluntad es elaborar unos planes e instrumentos de gestión de la Red Natura 2000 y la designación de las Zonas Especiales de Conservación (ZES).
La conservación de las especies de fauna y flora recogidas en el Catálogo Aragonés de Especies Amenazadas también va a tener un gran peso en esta legislatura, por lo que, según el consejero, se va a trabajar en el desarrollo y actualización del catálogo de especies amenazadas con Aragón de acuerdo con las prioridades fijadas por la normativa sectorial vigente.
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