Escudo corporativo del cuerpo de APN

llamanos

¿Fauna salvaje en dificultades o muerta?
¿Incendios forestales?
¿Infracciones contra la seguridad ambiental, caza, pesca, vertidos?
¡¡LLÁMANOS!!
112 SOS ARAGÓN


¿Cualquier tema relacionado con el medio ambiente?
Pregunta por nosotros:
AGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
Centralitas SP Medio Ambiente
Huesca: 974 293 206
Teruel: 978 641 150
Zaragoza: 976 714 600

Por correo electrónico, pinchando en este enlace o escribiendo a apn@aragon.es indicando tus datos

enlace a las OFICINAS COMARCALES Y ÁREAS MEDIOAMBIENTALES DEL DEPARTAMENTO DE A. G. Y MEDIO AMBIENTE


AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

ÍNDICE DE PÁGINAS DEL BLOG

miércoles, 18 de diciembre de 2019

El quebrantahuesos podría volver al Moncayo

http://aragonhoy.aragon.es


El Parque Natural del Moncayo acoge desde hace ocho meses de manera ininterrumpida una pareja de quebrantahuesos supervisada constantemente por la Dirección General de Medio Natural




La presencia periódica de ejemplares en dispersión de Quebrantahuesos (Gypaetus barbatus) en el Moncayo en pleno Sistema Ibérico oriental y antigua zona de distribución de la especie, no era considerado como una novedad, pero desde que la pasada primavera se observara la presencia estable de una pareja de quebrantahuesos, uno de ellos marcado (Ezka, hembra marcada en Navarra), hace que se abra una esperanza y se pueda confirmar finalmente la dispersión o nidificación en Aragón fuera de su distribución pirenaica.

Desde la detección de la presencia de estos ejemplares, el Gobierno de Aragón a través de los Agentes de Protección de la Naturaleza, está realizando un seguimiento y aportes periódicos de alimento a los quebrantahuesos presentes el Parque Natural del Moncayo, para afianzar su permanencia en este espacio, ya que el hábitat existente en este Espacio Natural Protegido satisface totalmente los requerimientos ecológicos de la especie.

Lo que constata las investigaciones previas realizadas por la Fundación Quebrantahuesos y el Gobierno de Aragón en el marco del Plan de Recuperación del Quebrantahuesos aprobado, que establecía desde el año 2003, la «Sierra de Moncayo, Los Fayos y Sierra de Armas», como Zona de Especial Protección para las Aves incluida en la Red Natura 2000 de Aragón.

El 40% de la población europea de quebrantahuesos se encuentra en Aragón, pero su distribución ha estado durante muchos años restringida al Pirineo, siendo esporádica y ocasional su presencia fuera de estas montañas, por lo que su dispersión natural o a través de diferentes proyectos de reintroducción de la especie en Picos de Europa, Andalucía o en el Maestrazgo castellonense ha sido uno de los objetivos principales de las diferentes políticas llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Transición Ecológica, ya que contribuiría de manera muy significativa a su conservación.

Los factores que más afectan a la conservación de esta especie catalogada en Peligro de Extinción a nivel nacional y autonómico son la mortalidad directa de ejemplares por intoxicaciones, electrocuciones y molestias humanas, a lo que hay que añadirle su reducida población, su restringida distribución, así como la lentitud y dificultad para colonizar nuevos territorios, por lo que, de confirmarse su establecimiento en el Moncayo, sería una de las mejores noticias para esta especie.

No hay comentarios: