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AGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
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Huesca: 974 293 206
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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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miércoles, 22 de julio de 2015

Extinguido el incendio de Coscojuela de Fantova


EL GRADO. El incendio iniciado
este domingo y que ha devastado
cerca de 40 hectáreas
de monte de pinar y de encinas
en la población de Coscojuela
de Fantova, perteneciente
al municipio de El Grado, se
dio ayer por extinguido. El fuego
se controló el lunes a las
13.00 pero se siguió trabajando
sobre el terreno para tratar
de extinguirlo definitivamente
y evitar que rebrotaran las
llamas.
La madrugada del lunes al
martes trabajaron dos cuadrillas
de retenes en tareas de refresco
de la zona y de extinción.
Al mediodía de ayer el
operativo coordinado por
Agentes de Protección de la
Naturaleza del Gobierno de
Aragón decidió dejar trabajando
solo a un retén ya que el incendio
se daba por extinguido,
según informó la alcaldesa de
El Grado, Laura Puyal. Durante
la noche de ayer, la cuadrilla
de APN siguió refrescando
la zona.
El incendio se originó el domingo
sobre las 15.00 como
consecuencia de un rayo latente
caído en la tormenta del
sábado por la noche.
J. L. PANO


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