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AGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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martes, 9 de junio de 2015

APNs mejor preparados para actuar en barrancos

15 agentes de protección de la naturaleza del Gobierno de Aragón participan en un curso para conocer diversas técnicas en ámbitos agrestes


La Escuela de Montaña de Alquézar ha sido escenario de un curso sobre “Seguridad en el descenso de barrancos en labores de protección de la naturaleza”, una convocatoria de especialización y reciclaje para Agentes de Protección de la Naturaleza (APNs) del Gobierno de Aragón.

El objetivo del curso ha sido el de dotar a los APNs de los conocimientos necesarios en los materiales y técnicas de progresión en barrancos secos y acuáticos, con el fin de que puedan realizar su tarea de protección y vigilancia en lugares de difícil acceso como son los barrancos. Durante estos días, 15 APNs han trabajando intensamente con técnicos de barrancos de la FAM y el CFIME para actualizar sus conocimientos y prepararse para esta nueva temporada de barrancos que comienza ya.

La formación ha consistido en clases teórico-practicas que se han desarrollado entre las aulas, el rocódromo y el entorno de la Escuela de Alquézar. Los contenidos tratados fueron protocolos y técnicas de seguridad en la progresión en barrancos secos y acuáticos, aguas vivas, gestión del riesgo en barrancos, auto-rescate, trabajo en equipo y maniobras técnicas específicas para barrancos.

Curso de barranquismo 3

Con este curso se actualizan los conocimientos del equipo existente de APNs para intervención en barrancos, a la vez que se forman por primera vez a otros seis de estos profesionales. Así, se conforma en la actualidad un grupo especializado de 15 agentes de la autoridad, dependientes del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, para realizar una labor prioritaria en barrancos del  Parque Natural de la Sierra y Cañones de Guara y en otras zonas agrestes de los espacios naturales de Aragón.

Para desarrollar su labor, los APNs se organizan en grupos de varios agentes que descienden los diferentes barrancos, equipados con material técnico específico. Antes, durante y tras el descenso del mismo informan a los barranquistas sobre la normativa de protección del Parque Natural de la Sierra y los Cañones de Guara, regulan la entrada de barranquistas, detectan posibles irregularidades e infracciones, realizan labores de seguimiento y monitorización de fauna y flora, registran los posibles impactos o daños al medio natural provocados por la actividad del barranquismo, etc.

Los informes redactados por estos APNs, y elevados al Servicio Provincial de Medio Ambiente son la base para la regulación y la implantación de posibles medidas correctoras que eviten un impacto negativo de la actividad del barranquismo, en un intento de compaginar esta actividad con la conservación del espacio natural y las especies presentes. Por otro lado, la divulgación de la normativa y la concienciación de algunos de los visitantes son fundamentales para conseguir este objetivo.

Con la especialización de este equipo, la labor desarrollada por los Agentes de Protección de la Naturaleza del Gobierno de Aragón resulta mucho más eficaz a la hora de comprobar el estado medioambiental de los espacios naturales, velar por el cumplimiento de la normativa y conseguir que las actividades humanas en el medio natural sean compatibles con la conservación del mismo.

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