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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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miércoles, 15 de abril de 2015

prácticas ilegales de caza en un coto cinegético de El Grado

Los agentes de protección de la Naturaleza han hallado medio centenar de lazos de caza ilegal.




Agentes para la Protección de la Naturaleza del Gobierno aragonés han localizado en un coto cinegético de El Grado medio centenar de lazos destinados a la caza ilegal de especies animales.

Según informa el ejecutivo autónomo, en algunos de los lazos detectados fueron hallados muertos varios jabalíes, así como un ejemplar de tejón, animal incluido en el catálogo de especies amenazadas de Aragón en la categoría de interés especial.

Los agentes, en el marco de las inspecciones realizadas para detectar irregularidades en la gestión de cotos cinegéticos, localizaron previamente algunos lazos en zonas donde se alternan lugares de cultivos con espacios de montes.


Tras este primer hallazgo, los agentes intensificaron las labores de rastreo y llegaron a localizar cerca de medio centenar de lazos, gran parte de ellos en funcionamiento y preparados para provocar la muerte por asfixia de animales.


El operativo de vigilancia ubicado en la zona por los especialistas no permitió, sin embargo, la localización del responsable de la colocación de los lazos, que fueron retirados para su posterior destrucción.

Aunque no se descarta ninguna posibilidad, los agentes valoran como principal hipótesis de trabajo que los lazos hubiera sido instalados por parte de algún agricultor de la zona para proteger sus cultivos.

Al parecer, todos los lazos fueron encontrados en parcelas donde se había cultivado maíz, producto al que los jabalíes suelen recurrir para alimentarse.

Las fuentes citadas aseguran que la colocación de lazos es un método "cruento" de caza, totalmente prohibido y sancionado por la Ley de Caza con multas de hasta 3.000 euros más las indemnizaciones por las muertes causadas.

Además, el Código Penal castiga este tipo de actividades contra la fauna, especialmente la amenazada, con penas de prisión. 

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