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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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domingo, 16 de junio de 2013

Formación de las cuadrillas de retenes de incendios de la Ribagorza


Este viernes, se desarrollaba el plan de formación de las cuadrillas de retenes de incendios en la Ribagorza. Participaban dos cuadrillas terrestres, de Graus y Benabarre, y la cuadrilla helitransportada de Boltaña. Este plan de formación se hace cada año con el objetivo de prepara a los cuadrillas por si fuera necesaria su inmovilización de manera helitransportada.

Participaban en esta jornada, además de la cuadrilla de Boltaña, dos de Graus y Benabarre, formadas por cinco operarios y un APN. Las prácticas consistían en entrenar embarque y desembarque, con motor apagado y también un pequeño vuelo.

Imagen de las cuadrillas durante la formación El plan de formación afecta también a los trabajos con la autobomba y los trabajos de campo.

Para la temporada recién iniciada de incendios, en la Ribagorza, el Gobierno de Aragón cuenta con tres cuadrillas terrestres y una autobomba con base en Graus. La cuadrilla helitransportada más cercana es la de Boltaña.

Además existen tres puestos de vigilancia en San Quilez, Sierra de Sis y la zona de Graus.



Cuadrillas terrestres de Ribagorza realizaron ayer prácticas con helicóptero



En la actividad participaron cinco operarios de cada cuadrilla y los dos APN que las lideran

GRAUS.- Dos de las tres cuadrillas terrestres con que cuenta el Gobierno de Aragón en Ribagorza, en concreto las de Benabarre y Graus, realizaron ayer en las prácticas con helicóptero, dentro del Plan anual de Formación de las cuadrillas de retenes de incendios, que tuvieron como punto de encuentro el campo de fútbol de Graus.


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