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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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viernes, 24 de mayo de 2013

CRECEN LAS DENUNCIAS A FURTIVOS

www.heraldo.es

Viernes 24de mayo de 2013 l Heraldo de Aragón


De 2011 a 2012 aumentaron un 5,1% las infracciones penalizadas por la DGA; más del triple de pesca que de caza
La falta de licencia o permisos para cotos es una de las causas principales para abrir expedientes e incautar material

ZARAGOZA. «Dicho de una per­sona: que caza, pesca o hace leña en finca ajena, a hurto de su due­ño». La definición de furtivo que hace la RAE permite una amplia acepción de las numerosas infrac­ciones cometidas en caza y pesca, que en los últimos años se han in­crementado en un5,1%enAragón.
La casuística, no obstante, varía mucho, y va desde los casos más graves de robo en piscifactorías –recientemente hubo uno en Al­barracín– o la muerte y aprehen­sión de animales sin permiso en reservas o cotos –a veces para ha­cer contrabando con los codicia­dos y cotizados trofeos de caza mayor–,hasta, en el otro extremo, casos más rayanos con la picares­ca. Estos últimos son especial-mente frecuentes en la pesca, ac­tividad que registra más del triple de infracciones que la caza.
En ese apartado se computarían infracciones leves como pescar con artes, medios o cebos no au­torizados, o usar más cebos, artes
o útiles de los permitidos, por ejemplo más de dos cañas al al­cance de la mano en aguas ciprinícolas o más de una en aguas de­claradas habitadas por la trucha (salvo en tramos de pesca inten­siva, donde se permiten hasta dos). O también descuidos menores como no llevar chalecos re­flectantes en batidas de caza.
De 300 a 3.000 euros
En cambio, otra de las infracciones más frecuentes, tanto en pesca como en caza, es la falta de li­cencia o de permiso del coto. En este caso, se trata de una falta gra­ve, sancionada normalmente con 300 euros, aunque puede llegar hasta 3.000 si concurren circuns­tancias agravantes.
La gran mayoría de las infrac­ciones detectadas por agentes de protección de la naturaleza, guardias civiles del seprona o guardas de cotos –810de un total de 1.497 el año pasado– son de pesca y de la provincia de Zaragoza.
Norberto  Royo, presidente de la Federación Aragonesa de Pesca y Cásting (Fapyc), explica que se producen sobre todo en el embal­se de Caspe, «al que acude mucha gente sin ningún tipo de licencia», y apunta que en el coto de Riba­rroja, al tener guardería propia, siempre hay una alta tasa de de­nuncias. En cambio, relativiza el descenso de expedientes en Te­ruel, que atribuye a una vigilancia menor por problemas económi­cos y también a que hay menos kilómetros de riberas.


Mayor extensión y más gente
Del mismo modo, aunque a la in-versa, Fernando Tello, presidente de la Federación Aragonesa de Caza, explica que la única provin­cia donde aumentan las infraccio­nes sea la de Zaragoza y que su término municipal sea la zona con más denuncias. «Aparte de que es un término muy grande, hay mu­cha más gente y por tanto hay más infracciones de caza, igual que de tráfico o de cualquier otra cosa. Es lógico», afirma.
Tello destaca que «las infrac­ciones de caza van a menos», e in­siste en diferenciar los casos gra­ves como cazar en vedados, sin permisos o especies en época de reproducción, de otros leves co­mo llegar a una zona de seguridad con el arma cargada.
Por su parte, el director general de Medio Natural, Pablo Munilla, se congratula del aumento de de­nuncias, que –dice– «demuestra que la guardería funciona, lo que es muy positivo, al igual que la co­laboración de la Guardia Civil.
Otra cosa, puntualiza Munilla, es que luego muchas denuncias topan con personas insolventes, «y eso es más difícil solventarlo». Aunque también queda una am­plia colección de material deco­misado, sobre todo de pesca, que, si no es recogido en plazo, puede ser subastado de no ser cedido pa­ra escuelas federativas.
JAVIER BENITO

1 comentario:

Anónimo dijo...

... "sobre todo de pesca, que, si no es recogido en plazo, puede ser subastado de no ser cedido pa­ra escuelas federativas"

Pero qué es esto???