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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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viernes, 13 de abril de 2012

Los APN capturan una piara de seis cerdos vietnamitas en los montes de Maella

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La Plaza de Toros de Maella cuenta desde hace una semana con seis inquilinos muy especiales, seis cerdos vietnamitas. El Ayuntamiento de la localidad los guarda allí a la espera de que se los lleve una protectora de animales después de que se encontraran por los campos de la localidad. Los cerdos vietnamitas son animales domésticos y su precio en el mercado puede llegar a los 400 euros. Fueron unos vecinos alemanes los que dieron la voz de alarma después de divisar en la zona del pantano del Civán, en Valcomuna, una piara de cerdos vietnamitas. Para ello, se dirigieron a la Oficina Comarcal Agroambiental del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente (OCA) de Caspe. Esa misma noche, los Agentes de Protección de la Naturaleza (APN) cercaron la piara con un pastor eléctrico gracias a las indicaciones de los vecinos. En total eran cinco cerdos vietnamitas: un macho de aproximadamente 65 kilos de peso y cuatro hembras de menor tamaño.
Al día siguiente, los APN, con la colaboración del guarda municipal de campo del Ayuntamiento de Maella, procedieron a su captura y posterior identificación por parte del veterinario oficial del Departamento, explica el concejal de Agricultura de Maella, José Luís Barberán. Esta tarea resultó imposible por carecer los animales del chip obligatorio u otras marcas que indiquen de donde provienen. El sábado y con la ayuda de Barberán y otro edil maellano, los APN capturaron otra cerda con lo que se eleva a seis el número de tocinos requisados. Los cerdos vietnamitas se comercializan como mascotas, por tanto, al tratarse de animales domésticos abandonados se pusieron a disposición del Ayuntamiento de Maella para su custodia. Por el momento, permanecen en la plaza de toros del municipio a la espera de que una protectora de animales de Zaragoza los recoja mañana. Mientras tanto, es el Ayuntamiento quien se hace cargo de ellos y los alimenta. El propio Barberán acude cada día para echarles pienso que compran en la cooperativa. «Esperamos que mañana se los lleven como nos han dicho. No se conoce su procedencia y lo más seguro que no estarán ni vacunados, nos pueden traer enfermedades», explica Barberán. Mientras, los Agentes de Protección de la Naturaleza investigan su procedencia. El abandono negligente o intencionado de especies de fauna y flora exóticas en el medio natural constituye delito recogido en el código penal con penas de prisión o multas. El artículo 333 del capítulo IV especifica: «El que introdujera o liberara especies de flora o fauna no autóctona, de modo que perjudique el equilibrio biológico, contraviniendo las leyes o disposiciones de carácter general protectoras de las especies de flora o fauna, será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a 24 meses».

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