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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

ÍNDICE DE PÁGINAS DEL BLOG

jueves, 8 de diciembre de 2011

Tres agentes de protección de la naturaleza del Gobierno de Aragón, nombrados asesores del Ministerio de Medio Ambiente
















Participarán en el diseño y ampliación de las estrategias nacionales de conservación de las especies amenazadas

Tres Agentes de Protección de la Naturaleza del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente Gobierno de Aragón han pasado a formar parte del grupo de asesores de Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino para participar en el diseño y ampliación de las estrategias nacionales de conservación de las especies amenazadas españolas, cuyas competencias y decisiones se toman finalmente desde las distintas comunidades autónomas.

Tres agentes de protección de la naturaleza del Gobierno de Aragón, nombrados asesores del Ministerio de Medio Ambiente


Así queda recogido en una resolución de la Dirección General de medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino por la que se designan a 13 agentes como asesores del Ministerio para desarrollar las estrategias de conservación de especies amenazadas como el oso, el urogallo o el águila imperial.

Ignacio Marín, José Antonio González y Vicente Hernández son funcionarios del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente 
del Gobierno de Aragón y, además, forman parte de un colectivo de 13 guardas pertenecientes a la Asociación Española de Agentes Forestales y Medioambientales que han sido elegidos en todo el Estado para desarrollar esta función  y se incorporarán, en concreto, a los grupos de trabajo de conservación del quebrantahuesos, del oso pardo y de la margaritona con funciones concretas de asesoramiento técnico. Se trata, en todos los casos, de especies con una importante presencia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Este comité especializado, dependiente de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, dispone de distintos consultores técnicos o miembros pertenecientes a distintas asociaciones u organizaciones ecologistas, que aportan sus opiniones en las materias o estrategias correspondientes, y sus funciones son las de informar, analizar y realizar propuestas al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino con especies en peligro como el lince ibérico, el águila imperial, el oso pardo o el quebrantahuesos.

En relación con directrices para la homologación de métodos  de captura de especies cinegéticas y de acreditación de usuarios también asesorarán sobre la delimitación de las áreas de distribución del oso pardo, lince ibérico, lobo ibérico y visón europeo.
 

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