La fundación The Thin Green Line, uno de los mayores referentes mundiales de los agentes medioambientales, alerta de la indefensión institucional de estos funcionarios España
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AGENTES FORESTALES
La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón
Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.
Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales
aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con
independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras
funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el
desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de
naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario
público, así como la de agentes de la autoridad.
Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad
física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de
agentes de la autoridad.
Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal,
a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier
hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas
funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los
hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional.
Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en
el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se
ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la
Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía
administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último
caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la
colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio
de sus funciones.
La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF
ÍNDICE DE PÁGINAS DEL BLOG
jueves, 26 de enero de 2023
Guardabosques fallecidos en acto de servicio y que las administraciones no indemnizan
lunes, 23 de enero de 2023
Segundo ataque en tres días del lobo contra el ganado en Alcañiz con otras cuatro ovejas muertas
La loba detectada en la capital bajoaragonesa en 2020 suma trece reses eliminadas en menos de una semana.

viernes, 20 de enero de 2023
LA JUEZA CITA A DECLARAR AL GOBIERNO DE ARAGÓN COMO RESPONSABLE CIVIL SUBSIDIARIO DEL INCENDIO DE ATECA Y BUBIERCA
REDACCIÓN | Viernes, 20 de enero de 2023, 16:37
El Gobierno de Aragón ha sido llamado a declarar como responsable civil subsidiario en la instrucción del Juicio por el incendio de Ateca y Bubierca del pasado 18 de julio. La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Calatayud, Aida Ramírez, ha considerado al Gobierno regional como posible "responsable civil subsidiario" en la causa abierta por los daños de un fuego que arrasó 14.000 hectáreas de monte y cultivos en el Alto Jalón, afectando a once localidades y dejando algunas, como Moros, con casi el 100% de su término municipal calcinado.
Al mismo tiempo, la jueza mantiene la condición de perjudicado al Gobierno de Aragón en un auto contra el que cabe recurso, algo que desde la DGA ya han avanzado que van a emprender, señalando que se trata de una estrategia de Land Life, empresa responsable de los trabajos que causaron el incendio, para eludir su responsabilidad.
En una primera fase de declaraciones, por el banquillo de Calatayud han pasado responsables y trabajadores presentes en el incendio, tanto por parte de la contrata de Ejea de los Caballeros, Campos Rey, que ejecutaba los trabajos de ahoyado; así como por parte de Land Life, multinacional holandesa responsable del proyecto de reforestación. En esta ronda de interrogatorios, también fue llamado el propietario de los terrenos en los que se originó el incendio y donde, un mes antes, se provocó otro por las mismas causas.
En su testimonio, el propietario aseguró que Land Life sí que tenía potestad para decidir si debían o no pararse los trabajos que estaba realizando Campos Rey, algo que Land Life había negado en su turno de declaración. Además, añadió que la contrata de Ejea de los Caballeros, llegado el momento previo al incendio, quiso parar los trabajos, a lo que Land Life se negó según aseguró el propietario en su declaración.
Una vez escuchadas todas los declaraciones y tras recibir la petición de la defensa de Campos Rey de considerar al Gobierno de Aragón como responsable civil subsidiario - una solicitud a la que se sumaron tanto los abogados de los propietarios, como la acusación particular - la jueza ha decidido llamar a declarar como responsable al Gobierno regional, tras considerar que no adoptó "medidas de prevención efectivas", y argumentando en su auto, fechado el 18 de enero, que la DGA se limitó a enviar un correo electrónico a Land Life, dos días despúes del primer incendio, con recomendaciones a seguir en la ejecución de los trabajos forestales, algo tras lo que según señala la jueza "en ningún momento posterior a dicha fecha se efectuó nueva comunicación o envío de recomendaciones, controles o la adopción de cualquier otra medida preventiva o de supervisión".
La magistrada incluye pues el incendio que se originó un mes antes en el mismo lugar y por las mismas causas, como argumento para soportar la responsabilidad del Gobierno de Aragón, aludiendo a que la experiencia previa debió alertar de un peligro del que también avisaba el nivel de riesgo y la probabilidad de ignición existente esos días en la zona. Todos ellos, aspectos ante los que el Gobierno de Aragón actuó, según la magistrada, de forma "insuficiente".
En su auto, Ramírez destaca también que "debe tenerse en cuenta que otras comunidades autónomas próximas a Aragón, como Castilla La-Mancha o La Rioja, adoptaron directamente medidas de prohibición de ejecución de trabajos forestales en esas fechas", todas ellas "acciones directas de prevención y control, propias de su función como Administración Pública y garante del bienestar forestal y de la población, de conformidad con la normativa estatal y autonómica aplicable, a diferencia de la DGA, que no adoptó prohibición alguna", indica la jueza.
La causa todavía está en fase de instrucción y el Gobierno de Aragón presentará alegaciones a esta decisión antes de ser llamado definitivamente a declarar como responsable civil subsidiario. Mientras tanto, la jueza ha ordenado caución a las aseguradoras de los investigados ante posibles indemnizaciones que debieran ejecutarse tras la sentencia.